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Tráfico Humano vs. Tráfico Voluntario
de Personas Sabiendo cuales serían sus responsabilidades al llegar a Estados Unidos y habiendo aceptado que estaría ilegal en el país, Maria no fue víctima del llamado Tráfico Humano sino de Tráfico Voluntario de Personas. Y es que de acuerdo al Departamento de Justicia de Estados Unidos,
hay varias diferencias entre uno y otro término que han hecho
en ocasiones más difícil el trabajo de las autoridades
para delimitar el tipo de crimen; pero como en todo, hay circunstancias
que cambian y pueden darle un giro al caso. Tráfico Humano 1) Engaño / Fraude.- La persona no accede voluntariamente a realizar ciertos trabajos sino más bien es obligada y la situación empeora si la víctima es menor de 18 años. 2) Privación de la libertad.- La persona permanece aislada, no tiene contacto con el exterior y es amenazada si denuncia su situación. 3) Cruce de Frontera - La persona no necesariamente tiene que ser trasladada a otro país, puede incluso quedarse en la misma área geográfica. 4) Explotación.- La persona es obligada a realizar trabajos
forzados o incluso a ejercer la prostitución sin recibir
dinero a cambio. 1) Son trasladadas ilegalmente a otro país, bajo su propio consentimiento. 2) No hay engaños. Debido a que están violando la ley no son víctimas. 3) Funge como una transacción en la que una vez se logre lo estipulado (en este caso cruzar una frontera internacional) la persona tiene la libertad de ir y desenvolverse a su gusto. 4) No hubo abuso de ninguna especie. A simple vista la situación de Maria es considerada como
Tráfico Voluntario de Personas, pero sus circunstancias cambiaron,
al llegar a Estados Unidos; Maria es privada en principio de tener
con ella sus documentos o cualquier tipo de identificación.
Las promesas de tener un trabajo y un lugar donde hospedarse son
ciertas, pero Maria esta condicionada; para ganarse la comida tiene
que trabajar largas jornadas, además una vez que termina
sus labores no tiene la posibilidad de hacer lo que quiera en su
poco tiempo libre sino que es obligada a estar en una habitación
donde permanece encerrada hasta que comience un nuevo día
de trabajo. Las historias son tan diversas y a la vez tan similares que de acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se estima que anualmente en el mundo más de un millón de personas son víctimas de Tráfico Humano. Tan sólo en Estados Unidos las cifras superan las 17,000 de víctimas al año. Y es que de acuerdo a la ley estadounidense una persona menor de 18 años obligada a dar un favor sexual es considerada víctima. Por ejemplo, si una jovencita de 17 años esta cruzando ilegalmente la frontera con su familia la cual ha pagado por entrar a Estados Unidos y antes, durante o después es obligada a dar un favor sexual, ella instantáneamente es considerada víctima de Tráfico Humano. Determinar con precisión qué tipo de delito de Tráfico
fue cometido es el primer paso y quizás el más difícil,
porque para que una persona pueda recibir los beneficios de protección
(Trafficking
Victims Protection Act), que obedece a una ley de 2000 que entre otras cosas permite otorgar las
visas "T" y "U" para que puedan quedarse legalmente en el país, los
rezagos son muchos. De las cinco mil visas autorizadas anualmente
por el gobierno estadounidense no se otorgan ni el 10% debido que
son demasiados los requerimientos o comprobantes para que un juez
las otorge y en algunos casos aunque se considere que hay suficiente
evidencia la respuesta queda a manos del criterio del juez asignado
al caso.
La visa "T" se concede a las víctimas de casos severos de tráfico humano, mientras que la visa "U" se otorga a los damnificados de "ciertos delitos" que demuestran voluntad para ayudar a las autoridades a investigar este tipo de actividades criminales.
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